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Extracto del Código De Ética De Consejería Cristiana AACC

A continuación aparecen algunos extractos del Código de Etica de Consejería Cristiana de la Asociación Americana. Hemos incluido estos extractos ya que se refieren a una consejería o relación pastoral apropiada y provee definiciones de tipos de abusos y mala conducta presentada con frecuencia en los abusos por parte del cléro.

1-112 Acción concerniente al daño a clientes por otros ayudantes
Consejeros Cristianos toman la acción necesaria en contra de aquellos pastores o consejeros cuyo comportamiento es dañino. Nosotros actuaremos acertadamente para descubrir a los abusadores y proteger a los clientes encontra de cualquier daño donde quiera que se encuentre, cuidando honrosamente y apoyando al cliente al tomar deciciones en cuanto a la acción a tomar en contra de violadores para sanidad del cliente.

1-130 Prohibición de la Mala Conducta Sexual
Todas las formas de mala conducta sexual, y de cada clase de explotación sexual, engaño, abuso, o del acoso pastoral, profesional o las relaciones legas son poco éticas. Esto incluye las relaciones donde la participación sexual es buscada o notificada y presumir que existe un consentimiento— el aparente consentimiento es engañoso e ilegal.
Las prohibición de las actividades y los engaños sexuales incluyen, pero no son limitados a, toque directo o contacto sexual; discurso sexual de manera seductiva o conducta sin uso de palabras; petición de relaciones sexuales o románticas; contacto o conducta eróticas como una respuesta a la invitación sexual o conducta seductora a los clientes; preguntas innecesarias y/o investigación excesiva en la historia sexual de cliente y sus prácticas; promoción de los valores de sanar a través de relaciones sexuales consejero-cliente; comunicación sexual secreta y anónima por medio de la interacción vía Internet y otros medios electrónicos; el acoso sexual por comentarios, por toque, o por las promesa/amenazas de acciones especiales; la mala conducta sexual definida por la aplicación de todas las leyes , moralidad, por la iglesia, organización, o las políticas de la práctica.

1-131 Relaciones Sexuales Prohibidas con Clientes Atendidos
Todas las relaciones sexuales definidas en 1-130 arriba como clientes atendidos es poco ético. Además, nosotros no finalizamos y referimos clientes o a un feligrés, incluso después de el primer contacto, para iniciar o continuar una relación romántica o sexual.

1-140 Relaciones Duales y Múltiples
Las relaciones duales implican la rotura de la correcta relación profesional o limites ministeriales. Una relación dual es donde dos o más papeles son mezclados de tal manera que puede dañar la relación de consejería. Los ejemplos incluyen dar consejería personal, fraternal, de negocio, financieras o relaciones sexuales y románticas.
Algunas relaciones duales no son poco éticas—es la explotación de cliente que está equivocado, no la relación dual de él mismo. Basado en una aplicación absoluta que perjudica los vínculos en el Cuerpo de Cristo, nosotros nos oponemos a ver la ética-legal y todas las relaciones duales como perjudiciales y por lo tanto inválido en su cara. Muchas relaciones duales están equivocadas e inexcusables, pero algunas relaciones duales son defendibles y valen la pena (por la sección 1-142 abajo).

1-141 La Regla en las Relaciones Duales
En la terapia o en la relación de consejería las relaciones duales muchas veces son inminentes, también en un tiempo apropiado después de la terminación de la consejería. Los consejeros cristianos no deben entran en relaciones duales con sus clientes. Algunas relaciones duales deben ser evitadas—las relaciones sexuales o románticas, consejería a amigos cercanos, miembros de la familia, empleados, o supervisores. Otras relaciones duales deben asumir problemas y deben ser evitadas hasta presumidas donde sea posible.

1-142 Prohibición y Excepción de la Regla
El consejero Cristiano tiene la responsabilidad de demostrar justificación a una relación dual a través (1) consentimiento informado, inclusive la discusión de cómo la relación de consejería podría ser perjudicada en el proceso de la relación, y (2) la falta de perjuicio o la explotación del cliente.

1-145 Consejero con Familia, Amistades y Conocidos
Los consejeros Cristianos no deben proveer consejería a familiares o amigos cercanos. Nosotros entendemos que estas relaciones son duales tanto con miembros de la familia, conocidos, fraternos, asociación, o miembros de un grupo son potencialmente problemático o dificultoso y es mejor evitar, de otro modo requiere justificación. Pastores y ayudantes de iglesia deben tomar toda la responsabilidad y precauciones del impacto adverso de cualquier relación dual.

1-146 Terminación para Entrar en una Relación Dual Prohibida
Los consejeros Cristianos no deben por ninguna índole terminar una relación de consejería para entrar en una relación dual. Algunos consejeros y antiguos clientes están de acuerdo en que en un futuro de la consejería allá finalizado buscar algún otro si, después de una legitima terminación, ellos decidan seguir otro tipo de relación.

Para más información puede visitar la página de: American Association of Christian Counselors Code of Ethics.